A- de 2016
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Erick Eduardo Viloria Martinez·Demandado Junta Nacional De Calificacion De Invalidez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Reiteración auto A.124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia entre el Juzgado Tercero Oral de Familia de Barranquilla y la Sala Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
La Corte advierte que no se presenta un conflicto negativo, en razón a que no se han puesto en debate los factores que determinan la competencia en materia de tutela previstos en la Carta Política y el Decreto 2591 de 1991, sino que se reduce a la aplicación de las reglas de reparto establecidas en el Decreto 1382 de 2000.
En tal sentido y en aplicación de la subregla establecida en el Auto 124/09, dirime la controversia ordenando la remisión del expediente al Juzgado Tercero Oral de Familia de Barranquilla, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto del 3 de diciembre de 2015 del Juzgado
- Tercero. (3o) de Familia de Barranquilla dentro de la accion de tutela de Erick Eduardo Viloria Martinez en contra de la Junta Nacional de Calificacion de Invalidez.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2386 al Juzgado
- Tercero. (3o) de Familia de Barranquilla, para que de manera inmediata tramite y decida de fondo el amparo presentado.
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corte, COMUNICAR al Tribunal Superior de Barranquilla, Sala de Tercera de Decision Laboral, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.